Seguridad y evacuación

La actuación en los entornos construidos no solo debe atender al acceso de todas las personas, sino también a su evacuación.

La normativa vigente no contempla la evacuación de personas con discapacidad para todos los edificios de nueva planta, sino sólo a los que superan una determinada altura que, en algunos casos como el uso residencial, es de más de 9 plantas.

Algunos edificios están obligados a contar con zonas de refugio. Estas áreas, sin embargo, no están suficientemente definidas y equipadas. La evacuación no se resuelve sino que se sustituye por la “espera a ser evacuado”, sin que se regule cómo debe hacerse.

Queda mucho por legislar, pero también mucho por investigar para conocer cuáles son los métodos más eficaces y seguros para la evacuación de todas las personas en caso de emergencia.

Desde eCapaz, en colaboración con técnicos expertos en la materia y asociaciones, investigamos tratando de encontrar soluciones en este ámbito, tan importante, y tan necesitado de soluciones prácticas y realizables.